Basta con tener poder general para que la reclamación llegue a tu patrimonio, no al de la empresa
Quién la exige: Los inversionistas y los consejos de administración, con frecuencia como condición para aceptar el cargo
El seguro D&O responde por las reclamaciones dirigidas personalmente contra quienes administran una empresa: miembros del consejo de administración, consejeros independientes y apoderados con poder general para actos de administración o de dominio. La sociedad contrata la póliza y los asegurados son las personas. Paga la defensa cuando el procedimiento se sigue en vía civil, penal, administrativa o fiscal, y la indemnización a quien resulte afectado en su patrimonio por una decisión de gestión.
- Tiempo de emisión
- Una a dos semanas: requiere revisar estados financieros y estructura societaria
- Documentos que piden las aseguradoras
- Estructura societaria y composición del consejo
- Relación de apoderados con poder general y el alcance de sus facultades
- Estados financieros de los últimos dos ejercicios
- Si hay inversión extranjera o listado en bolsa
- Historial de reclamaciones y litigios en curso
Protege a la persona, no a la empresa
Es la distinción que define el producto. Cuando una reclamación se dirige contra el patrimonio personal de un consejero o de un apoderado por una decisión de gestión, ninguna otra póliza de la empresa responde. El D&O existe precisamente para ese hueco.
Y el círculo de asegurados es más amplio de lo que sugiere el nombre. No son sólo los miembros del consejo: entran los consejeros independientes y las personas físicas con poder general para actos de administración o de dominio en la sociedad donde trabajan. Quien firma contratos, autoriza pagos o representa a la empresa frente a una autoridad está en ese grupo, se llame director o no.
Por eso al cotizar no basta con la composición del consejo: hay que declarar quiénes tienen poder general y con qué alcance.
De dónde llega la reclamación
No siempre del lugar que se espera. El afectado puede ser un accionista que considera que una decisión dañó su participación, un empleado, un cliente, o una autoridad que abre un procedimiento por el comportamiento de la empresa como agente económico.
Y hay un supuesto que sorprende a quien lo ve por primera vez: la reclamación puede venir de la propia sociedad contra sus administradores. Es una de las situaciones en las que el directivo se queda solo frente a la empresa que lo nombró.
Lo que la póliza paga es la defensa, no la sanción
Conviene decirlo con precisión, porque es donde se generan las expectativas equivocadas.
La póliza cubre la defensa y los costos del procedimiento cuando éste se dirige contra el asegurado por su actuación en el cargo, y lo hace en las cuatro vías por las que suele llegar: civil, penal, administrativa y fiscal. En la penal, eso significa defensa en investigaciones o procesos iniciados contra el asegurado en su condición de consejero o funcionario. En la fiscal, la exposición aparece sobre todo en escenarios de insolvencia, donde puede imputarse responsabilidad tributaria a quien administraba.
Lo que la póliza no hace es pagar la sanción cuando la ley la declara inasegurable. Que exista defensa en vía penal no convierte a la póliza en un seguro contra la responsabilidad penal, y esa diferencia hay que tenerla clara antes y no durante.
Tres coberturas, y una no le aplica a una empresa no listada
Un D&O no es un bloque único. Se arma en tres partes y conviene saber cuál te toca:
La cobertura directa ampara a directivos y consejeros y opera sin deducible. Es la que protege el patrimonio personal cuando la empresa no puede o no quiere indemnizar al directivo.
La cobertura de reembolso opera cuando la compañía sí indemniza al directivo y después recupera de la póliza. Ésta sí lleva deducible.
La cobertura de reclamo de valores ampara a la sociedad frente a reclamaciones relacionadas con sus títulos. Aplica a empresas que cotizan en bolsa o con exposición en Estados Unidos; si tu empresa no está en ese supuesto, es la parte que no necesitas contratar.
La NOM-035 dentro del D&O
La NOM-035-STPS-2018 obliga al patrón a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en el trabajo. Es una obligación relativamente reciente, con verificación real, y su incumplimiento puede derivar en procedimientos que alcancen personalmente a quien tenía a su cargo implementarla.
Hay pólizas de D&O que amparan expresamente esos riesgos. No todas lo hacen, y es una línea que no aparece en un resumen comercial: hay que buscarla en la especificación o pedirla por escrito al comparar propuestas.
Qué cubre
- Cobertura directa a directivos y consejeros, sin deducible
- Cobertura de reembolso a la compañía cuando ésta indemniza al directivo, con deducible
- Cobertura de reclamo de valores a la sociedad, con deducible: aplica a empresas que cotizan en bolsa o con exposición en Estados Unidos
- Defensa cuando el procedimiento se sigue en vía civil, penal, administrativa o fiscal contra el asegurado por su actuación en el cargo
- Indemnización a quien resulte afectado en su patrimonio por una decisión de gestión: accionistas, empleados, clientes o autoridades
- Reclamaciones de la propia sociedad contra sus administradores
- Investigación, costos de peritos, manejo de crisis y rehabilitación de la imagen pública
- Riesgos derivados de la NOM-035-STPS-2018 sobre factores de riesgo psicosocial en el trabajo
- Periodo de descubrimiento, por operar en base reclamación
Qué no cubre
Decirlo por adelantado evita la reclamación que se rechaza y el cliente que se pierde.
- Los actos dolosos y el fraude acreditado
- El beneficio personal indebido obtenido por el directivo
- Las reclamaciones conocidas o previsibles al momento de contratar
- Las multas y sanciones cuando la ley las declara inasegurables
Preguntas frecuentes
¿Tengo que estar en el consejo para que me cubra?
No. Además de los miembros del consejo de administración y de los consejeros independientes, quedan asegurados los apoderados de la empresa: las personas físicas con poder general para realizar actos de administración o de dominio. Mucha gente que firma con esas facultades no se identifica como «directivo» y está igual de expuesta. Por eso la relación de apoderados y el alcance de sus poderes es de lo primero que se revisa al suscribir.
¿La empresa contrata la póliza pero protege a las personas?
Exacto, y conviene tener claros los tres papeles. El contratante es la sociedad donde se ejercen las funciones y es quien paga la prima. Los asegurados son los consejeros y apoderados, actuales y en algunos casos anteriores. El beneficiario es quien resulte afectado en su patrimonio por una decisión de gestión, que puede ser un accionista, un empleado, un cliente o una autoridad.
¿La póliza paga la multa o sólo la defensa?
Es la distinción que más conviene tener clara. La póliza paga la defensa y los costos del procedimiento, se siga en vía civil, penal, administrativa o fiscal, cuando se dirige contra el asegurado por su actuación en el cargo. Lo que no paga son las multas y sanciones cuando la ley las declara inasegurables. Que exista cobertura de defensa en vía penal no significa que la póliza responda por una sanción penal.
¿Qué pasa si dejo el cargo y me reclaman después?
El D&O opera en base reclamación, así que lo que importa es cuándo se presenta el reclamo, no cuándo se tomó la decisión. Para eso existe el periodo de descubrimiento, que extiende el plazo para reportar reclamaciones después de vencida la póliza. Si estás por dejar un consejo, es la cláusula que conviene revisar antes de firmar la salida.
¿Qué tiene que ver la NOM-035 con el D&O?
La NOM-035-STPS-2018 obliga al patrón a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en el trabajo, y su incumplimiento puede derivar en procedimientos que alcancen personalmente a quien tenía la responsabilidad de implementarla. Hay pólizas de D&O que amparan expresamente esos riesgos y otras que no. Es una línea que vale la pena pedir por escrito al comparar propuestas.
Qué determina el precio de tu póliza
No publicamos tarifas porque cada caso se suscribe por separado. Pero sí podemos decirte qué mira la aseguradora para fijar la prima, que es lo que te permite llegar preparado y comparar propuestas con criterio.
- El tamaño y el sector de la empresa
- La estructura accionaria y si hay inversión extranjera o listado en bolsa
- La situación financiera y el nivel de endeudamiento
- El número de consejeros y apoderados que se declaran
- El historial de litigios
Hablemos de tu caso
Este tipo de riesgo se cotiza caso por caso. Empecemos por lo que más define tu situación:
¿Alguien te está pidiendo esta póliza?
Son dos pasos y no pedimos datos personales en el primero. ¿Prefieres escribir? Mándanos un WhatsApp.
Con qué aseguradoras trabajamos este riesgo
GMX, Chubb, Berkley, Zurich, Axa, Mapfre, HDI Global, Seguros El Potosí, Seguros Afirme. Presentamos propuestas de varias para que la decisión se tome comparando, no sobre una sola opción.