Seguro de Responsabilidad Civil para Colegios

Seguro de Responsabilidad Civil para Colegios

Seguro de Responsabilidad Civil para Colegios o Escuelas.- Esta póliza protege a la Institución Educativa durante el tiempo en que los alumnos menores están bajo su vigilancia y autoridad ya que de acuerdo al Art. 1920 del Código Civil Federal la Escuela asume, en sustitución de los padres o tutores, la responsabilidad de responder por los daños y perjuicios que se les puedan causar.

Lo anterior durante las actividades propias del colegio como son las actividades educativas y recreativas, el alojamiento temporal, el fomento y el cuidado de la salud y la alimentación.

¿Cuáles son los alcances de esta Póliza para Escuelas?

Este seguro incluye tanto los riesgos profesionales como los riesgos no profesionales de la actividad docente ofreciendo lo siguiente

¿Qué coberturas tiene el Seguro de Responsabilidad civil para Colegios?

Para la protección integral de la Escuela, cuenta con las siguientes coberturas:

En cuanto a la responsabilidad civil por riesgos no profesionales.

Coberturas adicionales del Seguro de Responsabilidad Civil para Colegios

** Se otorgara la función de Análisis y Defensa jurídica para los casos y las reclamaciones por concepto de Acoso Sexual y Hostigamiento Sexual por presunción de hechos con la finalidad de deslindar las responsabilidades de nuestros asegurados.

Seguro de Responsabilidad civil por bulling

Responsabilidad Civil por Bullying Escolar

Condición por la cual opera en cobertura:

Responsabilidad derivada de Bullying, se otorga por la negligencia del colegio en la atención de la convivencia entre los escolares, cumpliendo con sus funciones de vigilancia en la guarda y custodia de estos.

Por lo que se considera cubierto cualquier situación que cause lesiones corporales, enfermedad, muerte o daño Psicológico, para esta última deberá acreditarse el daño bajo dictamen pericial requerido por la Autoridad competente.

¿ Es obligación de las Escuelas o Colegios Contar con una Póliza de Responsabilidad Civil?

Sí, de acuerdo con la LEY GENERAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA LA ATENCIÓN, CUIDADO Y DESARROLLO INTEGRAL INFANTIL en su Art. 50, fracción II menciona que para otorgar su autorización deberán:

“Contar con una póliza de seguro ante eventualidades que pongan en riesgo la vida y la integridad física de niñas y niños durante su permanencia en los Centros de Atención. Asimismo, dicha póliza deberá cubrir la responsabilidad civil y riesgos profesionales del prestador del servicio frente a terceros a consecuencia de un hecho que cause daño.”

En esta liga podrás descargar la presentación completa del Seguro GMX de Responsabilidad Civil para Escuelas o Colegios.

Si necesitas cualquier otro tipo de seguro puedes visitar nuestra página  www.proventum.com.mx

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